Criterios de elegibilidad
Poseer un diploma de estudios secundarios (D.E.S.) o un diploma de estudios profesionales (D.E.P.);
haber aprobado los cursos de Historia y Ciencias Físicas de 4.º de secundaria (056-486 o 430 o 436 o 416);
haber aprobado los cursos de lengua de enseñanza y segunda lengua de 5.º de secundaria;
haber aprobado un curso de Matemáticas de 5.º de secundaria (o un curso de Matemáticas de 4.º de secundaria determinado por el ministro y cuyos objetivos presenten un nivel de dificultad comparable, es decir, 064-436, 068-436 o 068-426);
cumplir las condiciones particulares del programa;
cumplir las condiciones particulares del colegio.
Un colegio puede admitir a una persona cuya formación considere equivalente.
Los titulares de un D.E.S. o un D.E.P. obtenido antes del 1 de junio de 1997 pueden ser admitidos conforme a las antiguas condiciones de admisión.